1. DESCRIPCIÓN: El Sorteo «Chipotle NYE 2020» (el «Sorteo») comienza el 31 de diciembre de 2020 aproximadamente a las 4:00 pm, hora del Pacífico («PT»), lo que ocurra primero: (i) el 31 de diciembre de 2020 a las 4:15 pm PT o (ii) cuando se hayan distribuido todos los «Códigos de Burrito» (definidos a continuación) (el «Periodo del Sorteo»). La participación en el Sorteo no constituye la participación en ninguna otra promoción, concurso o sorteo. Al participar en el Sorteo, cada participante acepta incondicionalmente y se compromete a cumplir y acatar estas Reglas Oficiales y las decisiones de CMG Strategy Co, LLC, 610 Newport Center Drive, Suite 1400, Newport Beach, California, 92660 («Patrocinador»), que serán definitivas y vinculantes en todos los aspectos.
2. ELEGIBILIDAD: Sólo los residentes legales de los cincuenta (50) Estados Unidos y el Distrito de Columbia que tengan al menos trece (13) años de edad o más en el momento de la inscripción son elegibles para participar. Se requiere una cuenta gratuita de Chipotle Rewards para reclamar el premio. Si un ganador no tiene una cuenta de Chipotle Rewards, puede crear una cuenta gratuita en el momento de reclamar el premio. Los menores de edad deben obtener el permiso de sus padres o tutores legales para participar en el Sorteo. Los funcionarios, directores y empleados del Patrocinador, Google y cada una de sus respectivas empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, distribuidores, minoristas, representantes de ventas, agencias de publicidad y promoción que participan en el Sorteo (todas estas personas y entidades denominadas colectivamente en el presente documento como las «Entidades del Sorteo»), así como los miembros de la familia inmediata y/o los que residen en el mismo hogar de cada uno de ellos no pueden participar en el Sorteo ni ganar un premio. Este Sorteo es nulo donde esté prohibido.
3. CÓMO PARTICIPAR: Durante el período del Sorteo, un presentador en la transmisión en directo del evento de Nochevieja de YouTube anunciará este Sorteo y la palabra clave (el «Código»). Una vez que se anuncie el Código, los participantes que reúnan los requisitos pueden enviar un mensaje de texto con el Código corto 888-222 (el «Código corto»). Los primeros 21.000 participantes elegibles que envíen el Código por mensaje de texto al Código corto recibirán un mensaje de texto con un (1) crédito de Chipotle Rewards válido para un (1) burrito gratis (el «Código del Burrito»). El Sorteo terminará cuando se hayan distribuido todos los Códigos del Burrito o al final del Período del Sorteo.
Al enviar un mensaje de texto al Código Corto, cada participante acepta recibir un (1) mensaje de marketing de marcación automática al número de móvil utilizado para enviar el mensaje de texto. Pueden aplicarse tarifas de mensajes y datos. Envía un mensaje de texto con la palabra STOP para dejar de participar. Envíe HELP para obtener ayuda. Póngase en contacto con el servicio de atención al cliente para obtener más ayuda: https://chipotle.com/contact-us.html#report-an-issue.
El método de participación mediante mensajes de texto está diseñado para funcionar con la mayoría de los principales proveedores de servicios inalámbricos de Estados Unidos, pero el Patrocinador no garantiza la participación de ningún proveedor de servicios inalámbricos en particular, y el teléfono móvil que se utilice debe ser capaz de enviar y recibir mensajes de texto. Los participantes deben comprobar las características de su teléfono para ver si tienen esa capacidad. Los proveedores de servicios inalámbricos pueden cobrar a los participantes por cada mensaje de texto, incluido cualquier mensaje de error, que se envíe y reciba en relación con el Sorteo. Los participantes deben consultar el plan de precios de su proveedor de servicios inalámbricos para conocer los detalles.
Límite de una (1) participación por persona y número de teléfono móvil. Todas las inscripciones deben recibirse antes de que finalice el Periodo del Sorteo para poder participar. El reloj de la base de datos del Patrocinador será el cronómetro oficial de este Sorteo. La prueba de envío de mensajes de texto con el Código Corto no se considera prueba de entrega o recepción por parte del Patrocinador de dicha participación. Salvo que se contemple lo contrario en estas Reglas Oficiales, y en la medida en que los participantes puedan elegir otra cosa en el momento de la participación, la información personal recopilada por el Patrocinador en relación con el Sorteo se utilizará de acuerdo con la política de privacidad del Patrocinador situada en https://www.chipotle.com/about-us/privacy-policy.
La participación debe ser realizada por el participante, únicamente a través de un mensaje de texto. Las inscripciones realizadas por cualquier otra persona o entidad, y/o que se originen en cualquier otro número inalámbrico, incluyendo, pero sin limitarse, a los sitios comerciales de notificación de suscripción a sorteos y/o de ingreso a servicios, serán declaradas inválidas y descalificadas para este Sorteo. Se prohíbe la manipulación del proceso de participación o del funcionamiento del Sorteo, incluyendo, pero sin limitarse a ello, el uso de cualquier dispositivo para automatizar el proceso de participación, y se anularán las participaciones que el Patrocinador considere, a su entera discreción, que han sido presentadas de esta manera. En el caso de que no se pueda resolver a satisfacción del Patrocinador una disputa relativa a la identidad de la persona que realmente envió una participación, la participación afectada se considerará inelegible. Las Entidades del Sorteo no serán responsables de la información incorrecta o inexacta de las participaciones, ya sea causada por los usuarios de Internet o por cualquiera de los equipos o programas asociados o utilizados en el Sorteo, o por cualquier error técnico o humano que pueda ocurrir en el procesamiento de las participaciones en el Sorteo. Las Entidades del Sorteo no asumen ninguna responsabilidad por cualquier error, omisión, interrupción, borrado, robo o destrucción, o acceso no autorizado o alteración de las participaciones.
4. PREMIOS/ODOS: Hay disponibles veintiún mil (21.000) premios. Cada premio consiste en un (1) Código de Burrito. Se requiere una cuenta de Chipotle Rewards para reclamar el premio. Si el ganador no tiene una cuenta de Chipotle Rewards, puede crear una cuenta gratuita en el momento de reclamar el premio. El valor total aproximado de venta al público («ARV») de cada premio es de diez dólares ($10.00). El valor total aproximado de todos los premios otorgados en el Sorteo es de Doscientos Diez Mil Dólares ($210.000,00). Muchos participarán, pero sólo hay disponibles hasta veintiún mil (21.000) premios en este Sorteo. Las probabilidades de ganar dependen del número de participaciones elegibles que se reciban durante el Período del Sorteo.
No se permitirá ninguna alternativa en efectivo ni la sustitución de los premios, salvo que el Patrocinador se reserve el derecho, a su entera discreción, de sustituir el/los premio(s) por otro(s) de valor comparable si alguno de los premios enumerados no está disponible, total o parcialmente, por cualquier motivo.
5. CONDICIONES GENERALES DEL PREMIO: El premio se otorgará sólo si el potencial ganador del premio cumple plenamente con estas Reglas Oficiales. Todas las partes del premio son intransferibles e intransferibles. Los premios que aparecen en los puntos de venta, en Internet, en la televisión y en la publicidad impresa, en los envases promocionales y en otros materiales del Sorteo son sólo para fines ilustrativos. Todos los detalles y otras restricciones del premio no especificados en estas Reglas Oficiales serán determinados por el Patrocinador a su entera discreción. No se permitirá ninguna alternativa en efectivo ni la sustitución del premio, salvo que el Patrocinador se reserve el derecho, a su entera discreción, de sustituirlo por un premio de valor comparable si alguno de los premios enumerados no está disponible, en su totalidad o en parte, por cualquier motivo. El ganador será el único responsable de todos los impuestos federales, estatales y/o locales, y de las consecuencias de la declaración de los mismos, así como de cualquier otra tasa o coste relacionado con el premio correspondiente.
El Patrocinador no ofrece ninguna garantía, y por la presente renuncia a cualquier garantía, expresa o implícita, relativa a cualquier premio entregado en relación con el Sorteo. SIN LIMITAR LA GENERALIDAD DE LO ANTERIOR, LOS PREMIOS SE PROPORCIONAN «TAL CUAL» SIN GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, YA SEA EXPRESA O IMPLÍCITA, Y EL PATROCINADOR POR LA PRESENTE RENUNCIA A TODAS ESAS GARANTÍAS, INCLUYENDO, PERO SIN LIMITARSE A, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR Y/O NO INFRACCIÓN.
Al participar en el Sorteo, además de cualquier otra concesión que pueda otorgarse en cualquier otro acuerdo celebrado entre el Patrocinador y cualquier participante y/o ganador del Sorteo, cada participante concede irrevocablemente a las Entidades del Sorteo y a cada uno de sus respectivos sucesores, cesionarios y licenciatarios, el derecho a utilizar el nombre de dicho participante, la etiqueta de las redes sociales, la imagen y la información biográfica, así como cualquier otra característica personal, en todos y cada uno de los medios de comunicación para cualquier propósito, incluyendo, sin limitación, para anunciar, comercializar y promocionar Chipotle o el Sorteo u otras promociones, y cada participante y/o ganador(es) del premio exime por la presente a las Entidades del Sorteo de cualquier responsabilidad con respecto a ello.
6. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD GENERAL/FUERZA MAYOR: Cada participante (y los padres o tutores legales de cualquier participante menor de edad) acepta que las Entidades del Sorteo (A) no serán responsables de, y por la presente quedan eximidas de, todos y cada uno de los costes, lesiones, pérdidas o daños de cualquier tipo, incluyendo, sin limitación, la muerte y las lesiones corporales, debidas en su totalidad o en parte, directa o indirectamente, a la participación en el Sorteo o a cualquier actividad relacionada con el Sorteo, o a la aceptación, recepción, posesión y/o uso o mal uso de cualquier premio por parte de los participantes, y (B) no han hecho ninguna garantía, representación o aval expreso o implícito, de hecho o de derecho, con respecto a cualquier premio, incluyendo, sin limitación, la calidad de dicho premio o su idoneidad para un fin determinado. El Patrocinador no asume ninguna responsabilidad por cualquier daño en el sistema informático de un participante o de cualquier otra persona, ocasionado por la participación en el Sorteo o por cualquier otro tipo de participación en el Sorteo, o por cualquier mal funcionamiento del sistema informático, la línea telefónica, el hardware, el software o el programa, u otros errores, fallos, retrasos en las transmisiones informáticas o en las conexiones de red que sean de naturaleza humana o técnica. Sin limitar la generalidad de lo anterior, el Patrocinador no es responsable de envíos o notificaciones de premios incompletos, ilegibles, mal dirigidos, mal impresos, tardíos, perdidos, dañados, robados o con franqueo vencido; o de redes, servidores, satélites, proveedores de servicios de Internet, sitios web u otras conexiones perdidas, interrumpidas, inaccesibles o no disponibles; o por fallos de comunicación, transmisiones informáticas, telefónicas o por cable fallidas, confusas, retrasadas o mal dirigidas; o por cualquier mal funcionamiento técnico, fallos, dificultades u otros errores de cualquier tipo o naturaleza; o por la captura incorrecta o inexacta de información, o por la imposibilidad de capturar cualquier información. El Patrocinador se reserva el derecho, a su entera discreción, de descalificar a cualquier persona que se encuentre manipulando el proceso de participación o el funcionamiento del Sorteo, actuando en violación de estas Reglas Oficiales, o actuando de manera antideportiva o perturbadora, o con la intención de perturbar o socavar el funcionamiento legítimo del Sorteo, o de molestar, abusar, amenazar o acosar a cualquier otra persona, y el Patrocinador se reserva el derecho de reclamar daños y perjuicios y otros recursos a cualquier persona de este tipo en la mayor medida permitida por la ley. No se aceptarán participaciones múltiples reproducidas mecánicamente, ilegibles, incompletas, falsificadas, generadas por software o automatizadas de otro modo. Si no se puede resolver a satisfacción del Patrocinador una disputa sobre la identidad de la persona que realmente presentó una entrada, la entrada afectada se considerará inelegible. El Patrocinador se reserva el derecho de modificar, ampliar, suspender o finalizar el Sorteo si determina, a su entera discreción, que el Sorteo está técnicamente dañado o corrompido o que el fraude o los problemas técnicos, los fallos o el mal funcionamiento u otras causas ajenas al control del Patrocinador han destruido o socavado gravemente o han perjudicado en cualquier grado la integridad, la administración, la seguridad, el correcto desarrollo y/o la viabilidad del Sorteo tal y como se contempla en este documento. En el caso de que se reciba un número insuficiente de participaciones elegibles y/o el Patrocinador se vea impedido de otorgar los premios o de continuar con el Sorteo tal y como se contempla en el presente documento por cualquier acontecimiento más allá de su control, incluyendo, pero sin limitarse a ello, incendios, inundaciones, epidemias naturales o provocadas por el hombre, pandemias, terremotos, explosiones, conflictos laborales o huelgas, actos de fuerza mayor o enemigos públicos, fallos de satélites o equipos, motín o disturbios civiles, amenaza o actividad terrorista, guerra (declarada o no declarada) o cualquier ley, orden o reglamento del gobierno federal, estatal o local, crisis de salud pública, orden de cualquier tribunal o jurisdicción, u otra causa que no esté razonablemente bajo el control del Patrocinador (cada uno de ellos un evento o suceso de «Fuerza Mayor»), entonces el Patrocinador se reserva el derecho de modificar, suspender o finalizar el Sorteo. Si el Sorteo se cancela antes de la fecha de finalización designada, el Patrocinador podrá (si es posible) seleccionar al ganador en un sorteo al azar entre todas las inscripciones elegibles y no sospechosas recibidas en la fecha del evento que dio lugar a la cancelación. La inclusión en dicho sorteo será el único y exclusivo recurso de cada participante en tales circunstancias. Sólo se concederá el tipo y la cantidad de premios descritos en estas Reglas Oficiales. Si, por cualquier motivo, se presentan más ganadores de buena fe para reclamar premios que superen el número de cada tipo de premio establecido en estas Reglas Oficiales, los ganadores, o los ganadores restantes, según sea el caso, del número anunciado de premios disponibles en la categoría de premios en cuestión podrán ser seleccionados en un sorteo al azar entre todas las personas que presenten reclamaciones supuestamente válidas para dicho(s) premio(s). La inclusión en dicho sorteo será el único y exclusivo recurso de cada participante en tales circunstancias. Estas Reglas Oficiales no pueden ser modificadas o enmendadas de ninguna manera, excepto en un documento escrito emitido de acuerdo con la ley por un representante debidamente autorizado del Patrocinador. La invalidez o inaplicabilidad de cualquier disposición de estas reglas no afectará a la validez o aplicabilidad de cualquier otra disposición. En el caso de que se determine que alguna disposición es inválida o de otro modo inaplicable o ilegal, estas reglas seguirán vigentes y se interpretarán de acuerdo con sus términos como si la disposición inválida o ilegal no estuviera contenida en ellas.
7. LEY APLICABLE/JURISDICCIÓN: TODAS LAS CUESTIONES Y PREGUNTAS RELATIVAS A LA CONSTRUCCIÓN, VALIDEZ, INTERPRETACIÓN Y APLICABILIDAD DE ESTAS REGLAS OFICIALES O LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES O DEL PATROCINADOR EN RELACIÓN CON EL SORTEO SE REGIRÁN E INTERPRETARÁN DE ACUERDO CON LAS LEYES INTERNAS DEL ESTADO DE COLORADO, SIN DAR EFECTO A NINGUNA ELECCIÓN DE LAS REGLAS O DISPOSICIONES DE CONFLICTO DE LEYES QUE CAUSEN LA APLICACIÓN DE LAS LEYES DE CUALQUIER OTRO ESTADO.
8. DISPOSICIÓN DE ARBITRAJE: Al participar en este Sorteo, cada participante (y el padre o tutor legal de cualquier menor de edad) acepta: (i) que todas y cada una de las disputas que el participante pueda tener con las Entidades del Sorteo, o las reclamaciones que el participante pueda tener contra ellas, relacionadas con, que surjan de, o estén conectadas de alguna manera con (a) el Sorteo, (b) la adjudicación o el canje de cualquier premio, y/o (c) la determinación del alcance o la aplicabilidad de este acuerdo de arbitraje, se resolverán exclusivamente mediante un arbitraje final y vinculante administrado por JAMS y llevado a cabo ante un árbitro único de acuerdo con las reglas de JAMS; (ii) este acuerdo de arbitraje se realiza en virtud de una transacción que implica el comercio interestatal, y se regirá por la Ley Federal de Arbitraje («FAA»), 9 U.S.C. §§ 1-16; (iii) el arbitraje se llevará a cabo en Newport Beach, California; (iv) la decisión del árbitro se regirá por los términos y condiciones de estas Reglas Oficiales y por cualquiera de los otros acuerdos a los que se hace referencia en el presente documento que el participante aplicable pueda haber celebrado en relación con el Sorteo; (v) el árbitro aplicará la ley de Colorado en consonancia con la FAA y las leyes de prescripción aplicables, y respetará las reclamaciones de privilegio reconocidas por la ley; (vi) no se autorizará el arbitraje de ninguna reclamación sobre una base colectiva o representativa, el arbitraje sólo podrá decidir sobre las reclamaciones individuales del participante y/o del Patrocinador; el árbitro no podrá consolidar o unir las reclamaciones de otras personas o partes que puedan estar en una situación similar; (vii) el árbitro no estará facultado para conceder daños punitivos contra el participante o el Patrocinador; (viii) si el participante es capaz de demostrar que los costes del arbitraje serán prohibitivos en comparación con los costes del litigio, el Patrocinador pagará la parte de las tasas de presentación y de audiencia del participante en relación con el arbitraje que el árbitro considere necesaria para evitar que el arbitraje sea prohibitivo; y (ix) con la excepción del apartado (vi) anterior, si cualquier parte de esta disposición de arbitraje se considera inválida, inaplicable o ilegal, o entra en conflicto con las normas de JAMS, el resto de esta disposición de arbitraje permanecerá en vigor y se interpretará de acuerdo con sus términos como si la disposición inválida, inaplicable, ilegal o conflictiva no estuviera contenida en este documento. Sin embargo, si el apartado (vi) se considera inválido, inaplicable o ilegal, la totalidad de esta disposición de arbitraje será nula y sin efecto, y ni el participante ni el Patrocinador tendrán derecho a arbitrar su disputa. Para obtener más información sobre JAMS y/o las reglas de JAMS, visite su sitio web en www.jamsadr.com.
9. PATROCINADOR: CMG Strategy Co., LLC, 610 Newport Center Drive, Suite 1400, Newport Beach, California, 92660.
10. LISTA DE GANADORES: Para obtener una copia de cualquier lista de ganadores exigida por la ley, envíe un sobre con su dirección y franqueo a: The Chipotle NYE Sweepstakes 2020 Winners List, CMG Strategy Co., LLC, 610 Newport Center Drive, Suite 1400, Newport Beach, California, 92660. Todas estas solicitudes deben recibirse dentro de las seis (6) semanas siguientes a la finalización del Periodo del Sorteo.