Hay una diferencia entre la manutención infantil retroactiva y los atrasos.
¿Cuál es la diferencia? Bueno, primero vamos a echar un vistazo a la manutención infantil retroactiva.
Manutención infantil retroactiva
Es tan simple como la palabra. «Retro» es la abreviatura de «retrógrado» que significa hacia atrás» o «detrás».
Cuando un juez ordena la manutención retroactiva de un niño, le está ordenando que COMIENCE a hacer un determinado pago por un período de tiempo en la vida de un niño que no lo mantuvo económicamente. Por ejemplo, el padre que tiene la custodia puede pedir al tribunal que usted pague la manutención del niño (500 dólares) desde la fecha de la separación. Por lo tanto, si usted está solicitando el divorcio, pero ha estado separado durante 3 años, y el niño tiene ahora 6 – bueno, vamos a hacer las cuentas.
6 años – 3 años = 3 años.
500 * 36 meses = $18,000
Por lo tanto, el padre custodio está pidiendo que, en la audiencia final, usted comience a hacer el pago de $500 más $18,000 en manutención retroactiva.
Una vez que el juez firme una orden a este efecto, se convierte en un pago que usted debe. La buena noticia es que usted puede incluir en su orden final un plan de pagos. Especialmente, si tiene una orden de retención de salario, añada 100 dólares más a sus pagos mensuales de manutención.
Al final del divorcio -suponiendo que no se alargue durante un año más o menos, usted es responsable de 600 dólares hasta que su manutención retroactiva sea pagada en su totalidad. Una vez pagado en su totalidad, su pago mensual vuelve a la cantidad ordenada por el tribunal de 500 dólares.
¿Qué son los atrasos?
Los atrasos se refieren a la «manutención infantil atrasada». En otras palabras, usted no paga la cantidad de apoyo que el juez ordenó.
Esto es peligroso. ¿Lo es? Absolutamente.
El padre que no tiene la custodia puede ser colocado en desacato a la orden judicial.
Si usted no paga la manutención de los hijos, se convierte en una deuda.
Tenga en cuenta que la manutención de los hijos es una deuda que no se puede descartar. No puede deshacerse de ella declarando la quiebra. Algunas pensiones alimenticias incluso sobreviven a la muerte del obligado. Es decir, su patrimonio puede tener que seguir pagando su manutención por fallecimiento. Es un tema serio para el estado.
Consejos
- Conozca la diferencia
- Mantenga un registro de sus deudas y pagos de manutención
- Calcule – puede usar la calculadora de manutención de niños en el sitio web de la oficina del fiscal general
- No ignore la orden judicial – lea su orden judicial y sepa qué, dónde y a quién hace el pago
Bono: ¿Sabías que una pareja que se divorcia puede acordar una pensión alimenticia con carácter retroactivo? Así es¡
Una pareja puede acordar una cantidad de manutención retroactiva para sus hijos. El tribunal no tomará esa decisión por sí mismo; sin embargo, puede colocar al que no tiene la custodia en la manutención de los hijos, si no está ya en una.
¿Qué hago si estoy en mora?
Tal vez usted recibió una carta de la Oficina del Fiscal General (OAG) – división de manutención de los hijos sobre los pagos de manutención de los hijos perdidos.
Es el trabajo del estado de Texas para hacer cumplir la orden judicial y el seguimiento de su pago. Esto es especialmente cierto si un niño está en el programa de asistencia del gobierno o el bienestar. Alguien tiene que pagar por estos programas.
Entonces, ¿qué debe hacer cuando reciba la carta?
Primero, siga las instrucciones de la carta.
Luego, póngase en contacto con la oficina de manutención infantil para programar una cita para una conferencia de negociación. Pero, es aún más importante conocer sus derechos y cuál es la pauta de manutención de los hijos. Debe saber cuánto debe pagar.
Por último, hable con el abogado del estado para acordar un plan de pagos.
Si puede contratar un abogado, ¡hágalo! Le hará la vida y todo el proceso más fácil y libre de estrés.
A veces, la vida pasa. Si pierde su trabajo y tiene problemas con los pagos, solicite la modificación de los pagos de manutención de los hijos basándose en un «cambio material en las circunstancias». No está obligado a asistir a la conferencia de negociación. Si no se presenta, prepárese para recibir una demanda de la OAG.
Cuando reciba una demanda, consiga un abogado.
¿Tiene más preguntas sobre su caso? Llámenos. (832) 529-1255.